Bases y Condiciones – Noche Shopping
Soleil Premium Outlet
1. La participación en esta promoción “Acción Noche Shopping” implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANONIMA, CUIT 30-70989252-1, con domicilio en Carlos Della Paolera 261, Piso 9, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, la “Organizadora”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la Promoción, comunicándolos en forma previa e inmediata a los participantes.
2. Las presentes bases y condiciones (en adelante, las “Bases”) sirven de marco para la realización de la promoción denominada “Noche Shopping” (en adelante la “Promoción”).
3. Shoppings participantes: La Promoción se llevará a cabo solamente en el centro comercial Soleil Premium Outlet, sito en Bernardo de Irigoyen 2647, Boulogne, Provincia de Buenos Aires (en adelante, el “Shopping”).
4. Vigencia: La Promoción se desarrollará el día 23/12/2025 de 18:00 a 01:00 horas del 24/12/2025 o hasta obtener un total de cinco (38) beneficiarios, lo que ocurra primero (en adelante, el “Plazo de Vigencia”).
5. Participantes: Podrán participar de la Promoción únicamente personas físicas, mayores de 18 años, que residan en el Área Metropolitana de Buenos Aires, que visiten Soleil Premium Outlet durante el Plazo de Vigencia y que cumplan con la mecánica de participación detallada en el punto seis (6) (en adelante los “Participantes” y/o “Participante”). Se podrá solicitar documento a fin de acreditar la mayoría de edad.
6. Inscripción. Mecánica de Participación: Los interesados en participar de la Promoción deberán: (I) concurrir a Soleil Premium Outlet el día 23/12/2025 de 18:00 a 01:00 horas del 24/12/2025 (II) escanear el QR exhibido con ¡appa! para ser parte del stream que se llevará a cabo, y (III) jugar a minijuegos o responder preguntas que determinen los conductores del stream.
Los Participantes respondan incorrectamente o no logren ganar en los minijuegos quedarán automáticamente eliminados de la Promoción, sin posibilidad de volver a participar.
Los primeros cinco (38) Participantes que respondan correctamente las preguntas realizadas en el Shopping, recibirán los beneficios indicados en el punto 10 de las presentes Bases.
7. Aceptación de las bases: Los Participantes, por su sola participación en la Promoción, aceptan de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones descriptas en estas bases y condiciones y se someten a cualquier modificación que de ellas pueda realizar la Organizadora durante su vigencia. La Organizadora se reserva el derecho de modificar las presentes bases y condiciones mediando previamente la debida comunicación y publicidad en el medio que considere apropiado.
8. Promoción sin obligación de compra. La participación en la promoción no implica obligación directa ni indirecta de compra ni de contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar consiste en responder preguntas o resultar ganador de mini juegos.
9. Condiciones de participación: La participación en la Promoción implica una autorización expresa de los Participantes para que la Organizadora pueda realizar las publicaciones del nombre e imagen de los Participantes en todos los medios que la Organizadora considere conveniente, renunciando al derecho de indemnización por su difusión.
10. Se podrá participar una (1) única vez por persona durante el Plazo de Vigencia.
9. Beneficios: Los Beneficiarios serán adjudicatarios de de uno (1) de los siguientes beneficios, según disponibilidad: órdenes de compra de pesos ochenta mil ($80.000) cada una para fila, con un stock de dos (2); gift cards de pesos cien mil ($100.000) cada una para dexter, con un stock de dos (2); gift cards de pesos cien mil ($100.000) cada una para stock center, con un stock de dos (2); órdenes de compra de pesos sesenta mil ($60.000) cada una para factory deportivo, con un stock de cuatro (4); órdenes de compra de pesos cien mil ($100.000) cada una para new balance, con un stock de dos (2); gift cards de pesos cincuenta mil ($50.000) cada una para ocn, con un stock de tres (3); órdenes de compra de pesos cien mil ($100.000) cada una para rusty, con un stock de tres (3); órdenes de compra de pesos cincuenta mil ($50.000) cada una para boardriders (ex quiksilver), con un stock de seis (6); juegos surtidos para adultos, juveniles e infantiles para juguetería monococo, con un stock de seis (6); vouchers de pesos cincuenta mil ($50.000) cada uno para nike, con un stock de dos (2); y vouchers de pesos doscientos cincuenta mil ($250.000) cada uno para billabong, con un stock de cuatro (4). (en adelante, los “Beneficios”).
Los Beneficios no podrán ser sustituidos y/o canjeados por otros, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que los Beneficios no serán negociables. Para el caso de que alguno de los Beneficiarios no utilice su Beneficio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte de la Organizadora. Los Beneficios son para uso personal de los Beneficiarios y no podrán ser transferidos. Una vez entregados los Beneficios, la Organizadora queda liberada de toda responsabilidad respecto de los mismos. La Organizadora no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Beneficios.
Se deja constancia que los Beneficios son intransferibles y personales de los Beneficiarios, quienes no tendrán derecho a requerir su canje, ni podrán ser cedidos a persona alguna.
10. Beneficiarios: Se obtendrán cinco (38) Beneficiarios en total. Al obtener los cinco (5) Beneficiarios la Organizadora dejará de invitar a los clientes a participar en la Promoción y no se aceptarán participaciones luego de haber obtenido los Beneficiarios.
12. Adjudicación – Entrega: Los Participantes que resulten Beneficiarios, de acuerdo a lo establecido en el punto 6 de las Bases, serán informados en el acto por la Organizadora.
Los Beneficiarios deberán indicar a la Organizadora su nombre, apellido, y número de Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) para poder acceder al Beneficio.
En el caso de que un Beneficiario rechace o no reclame el Beneficio el día 18/07/2025, el mismo quedará en poder de la Organizadora para disponer del Beneficio como desee.
13. Interpretación: Cualquier situación relacionada con la interpretación de estas Bases será resuelta exclusivamente por la Organizadora, siendo sus decisiones inapelables.
14. Impuestos y Gastos: Todo impuesto, tasa o contribución, nacional, provincial o municipal que deba tributarse sobre o en relación con los Beneficios, toda suma de dinero que deba abonarse a las autoridades nacionales, sociedades del Estado, provincias o municipalidades con motivo de la organización de la Promoción o del ofrecimiento o entrega de los Beneficios quedarán a cargo de los respectivos Beneficiarios. La Organizadora no será responsable por los gastos en que incurrieren los Participantes en cualquier etapa de la Promoción, con excepción de lo previsto en estas Bases.
15. Responsabilidad: La Organizadora no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran sufrir los Beneficiarios en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación y/o retiro del Beneficio y/o utilización del mismo. Las personas que intervengan en esta Promoción, por su sola participación aceptarán de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones previstas en las presentes Bases.
La Organizadora en ningún caso, será responsable por fallas en los equipos de computación, de comunicación, de suministro de energía, de líneas telefónicas, de la red Internet, ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal desarrollo de la Promoción.
Al recibir el Beneficio, los Beneficiarios lo aceptan sin que exista ninguna otra obligación por parte de la Organizadora. Los Beneficiarios convienen en liberar y eximir de toda responsabilidad a la Organizadora, así como a sus respectivos empleados y directivos y a cualquier otra persona directamente involucrada en la Promoción, de toda responsabilidad que en cualquier forma pueda surgir directa o indirectamente de su participación en la Promoción y/o de la aceptación y/o utilización del Beneficio.
16. Protección de datos personales: Por el solo hecho de participar del concurso, los participantes autorizan a la Organizadora a incorporar esos datos a su base de datos. La Organizadora se compromete a no vender ni ceder la base de datos que se genere con motivo de este concurso, debiendo cumplir con sus políticas de privacidad de datos de conformidad con lo establecido por la Ley 25.326.
Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento al respecto al completar con sus datos personales el formulario respectivo. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANONIMA, la cual podrá será utilizada por ella o sus sociedades vinculadas o controladas a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.
Los Datos Personales obtenidos a través de la Promoción podrán ser utilizados para las siguientes finalidades: (a) Formar un perfil del Participante e incorporarlo en programas de fidelización de clientes, (b) Enviarle al Usuario información y material publicitario y/o promocional relacionado con la actividad que desarrolla la Organizadora y/o sus sociedades vinculadas, controlantes o controladas (c) realizar un estudio de mercado de IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANONIMA o de sus sociedades vinculadas, controlantes o controladas.
La Organizadora se reserva el derecho de difundir el nombre y/o imágenes de los Beneficiarios por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los Participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que la Organizadora disponga. La presente autorización es realizada en los términos del art. 53 del Código Civil y Comercial de la Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del art. 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3 inc. h) de la ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, los Participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.
“El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. Asimismo, el titular de los datos tiene el derecho a rectificar sus datos, si los mismos fueran erróneos o inexactos, y de solicitar la supresión de los mismos, salvo que una norma legal, una obligación contractual u otra razón obligara o permitiera al responsable de la base de datos conservarlos.
La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.”
17. Impedimentos para participar de la promoción: No podrán participar en esta Promoción aquellas personas menores de dieciocho (18) años a la fecha de inicio del plazo de vigencia de la Promoción ni quienes tengan su domicilio fuera del Área Metropolitana de Buenos Aires, los empleados de la Organizadora, los locatarios y empleados de los locales y/o góndolas comerciales ubicados en el Shopping, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción.
18. Competencia - Jurisdicción: Toda relación que en virtud de la Promoción se genere entre los Participantes y la Organizadora será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el Usuario a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre la Organizadora y los Participantes, los Tribunales Comerciales de la Ciudad de Buenos Aires, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle.